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b-1.-
Es el primer instrumento que veremos de los
instrumentos menores. Por medio de la orden de pago el cliente autoriza para que se le debite a su cuenta el
importe que desea sea pagado en
efectivo a un beneficiario
Existen
dos tipos de ordenes de
pago, las simples y las documentarias.
· La orden de pago simple se utiliza para poner a disposición de un tercero el dinero indicado.
·
Las ordenes de pago documentarias, también son
conocidas como ordenes de pago contra entrega de
documentos, en este mecanismo se produce una modalización de la operación cuando se dan instrucciones para autorizar el pago a un tercero
contra la entrega de documentos.
En la jerga bancaria las ordenes de pago se conocen como Payment Orders cuando estas son recibidas del exterior y Money Transfer cuando estas son remitidas al extranjero. También las ordenes de pago se conocen como, Negotiable Orders of Withdrawal u ordenes de pago bancarias las cuales pueden ser negociables o no. De la misma especie bancaria son los Tellers Cheks y los Registered Cheques, estos últimos los veremos más adelante. Por regla genera las ordenes de pago son firmados por un oficial del banco se
subscriben por una suma determinada, las ordenes de
pago son similares a los cheques certificados constituyéndose un derecho contra
el banco que los emite.
·
Fecha Valor
Es importante aclarar que las ordenes de pago una vez emitidas por el banco no aparecen automáticamente en el otro
lado del mundo ya que es necesario un tiempo prudencial para su
materialización, esto lo que se conoce como fecha valor. Es aquel tiempo requerido para registrar las
operaciones, procesarlas y accesarlas en horas
laborales diferentes a las nuestras, es el tiempo promedio requerido por los
bancos para disponer del dinero.
En el caso de que la orden de pago sea remitida dentro
del continente americano serán necesarias cuarenta y ocho horas hábiles y de
setenta y dos horas para otras latitudes para que disponga del dinero.
þ Recomendación
para las órdenes de pago: Previo a solicitar la emisión de una orden de
pago se deberá conocer la cuantía total a liquidar incluidas comisiones. Es
importante cotejar los detalles de solicitud contra el documento final, en caso
de que existan discrepancias u omisiones, se deberá comunicar verbalmente y por
escrito solicitando cualquier variación o enmienda necesaria. Se tratará de
identificar la operación con un numero específico.
þ Una vez aprobada la orden de pago
las instrucciones son enviadas a otro banco por medio telefónico, telex u otras vías ágiles y de comunicaciones seguras entre
bancos; previo a enviarla, se recomienda remitir una copia de ella al vendedor
para que le dé el visto bueno.
þ El solicitante de una orden de pago
deberá proveer una serie de información exacta a efecto de no tener problemas,
esta es: nombre del ordenante, número de operación, dirección local completa,
teléfonos locales, monto a transferir, dirección de destino y teléfonos, por
cuenta de quien corren los cargos y concepto por el que se emite.
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