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·         Las Cartas de Crédito "Stand By" (Performance Bond) o Garantía a Primera Demanda

Si bien el crédito documentario se utiliza de manera primordial para la financiación de compraventas a distancia, su campo de acción se ha ampliado substancialmente.

En las cartas de crédito "stand by" la obligación subyacente propia del contrato originario o fundamental no es de dar como en la compraventa, sino de hacer tal como ejecutar una obra. Las cartas de crédito stand by tienen un antecedente negativo cual es el incumplimiento por parte del ordenante. Es en virtud de este “no hacer” es que nace el derecho del beneficiario a exigir el pago con tan solo acreditar el incumplimiento.

·       La carta de crédito revolutiva o rotativa, (Revolving Credit) es aquella carta de crédito que se abre por una suma o monto determinado para ser utilizado dentro de un término de validez; este es reutilizable cada vez que se presentan los documentos indicados. El crédito rotativo es una modalidad del crédito divisible y evita cargos excesivos cuando se repiten muchas cartas de crédito por un periodo determinado.

Un crédito puede rotar bien con relación al valor o al tiempo pudiendo ser acumulativos cuando la suma no utilizada en un determinado periodo se acumula para el siguiente, o no acumulativos cuando las sumas no utilizadas en un determinado periodo se extinguen sin que puedan acumularse para los siguientes periodos. Los créditos rotativos también pueden ser de renovación automática o no.

·       Crédito Documentario Circular. Es aquel mecanismo en que el Banco Emisor "en lugar de designar un Banco Noticiado en particular, invita a todos los bancos de una determinada plaza para que cualquiera de ellos asuma la posición de Banco Notificador. Esta variable se conoce en algunos países como "Carta de Crédito Comercial".

·       Crédito Documentario Transferible.  Es cuando el crédito puede ser utilizado total o parcialmente por uno o más terceros, denominados "segundos beneficiarios". En estos créditos terceros ajenos a la relación contractual original pueden embarcar también mercancías y presentar documentación ante el banco. En cierta forma hay una cesión parcial o total de la posición contractual hasta entonces ocupada por el primer beneficiario o exportador. Estos casos suelen ocurrir cuando el primer beneficiario no puede cumplir en el suministro de parte o todo el pedido.

þ En principio las cartas de crédito no son transferibles salvo que expresamente así se haya estipulado en la carta de crédito y solo puede ser transferido por una sola vez; en otras palabras no puede existir un tercer beneficiario, pero el crédito si puede ser fraccionado cuando se permitan embarques parciales. En caso de rechazo o incumplimiento del segundo beneficiario se puede dar la reinstalación del primer beneficiario, salvo estipulación en contrario los gastos de la transferencia son asumidos por el primer beneficiario.

Cuando se transfiere una carta de crédito es aceptable variar o reducir, el importe del crédito menos la comisión del intermediario, los precios unitarios, la fecha de vigencia. El término y el periodo suelen ser menores a la fecha máxima para presentación de documentos, de esta manera el primer beneficiario dispone de tiempo en caso de incumplimiento del segundo beneficiario, el periodo para el embarque y la cobertura del crédito también pueden ser superiores. Los otros términos y condiciones de la carta de crédito transferible no pueden ser modificados.

En la carta de crédito el primer beneficiario puede substituir con sus facturas las del segundo beneficiario.

·       Cesión de la Carta de Crédito. La cesión de la carta de crédito se produce cuando el beneficiario cede parte o todo su derecho a retirar el dinero de la carta de crédito. Se diferencia de la transferencia pues en la cesión se cede una expectativa de derecho y en la transferencia se cede el cumplimiento del contrato de compraventa. La cesión se suele utilizar en sustitución de una simple instrucción de pago. Solo se cede el derecho al dinero proveniente de la transacción, al producto del crédito y no se ceden derechos para presentar o preparar documentos.

þ Aspectos importantes del los Crédito Documentarios

. Instrucciones incompletas o imprecisas
. Aproximado y otros términos inciertos
. Fechas y vigencia
. Transporte
. Pago y Aceptaciones
. Domicilios

. Lugar de Embarque y arribo
. Descripción de la mercadería

·       Instrucciones incompletas o imprecisas. En el mundo bancario latinoamericano un cincuenta a sesenta porciento y en el resto del mundo un cuarenta por ciento de las cartas de crédito ven interrumpido su proceso debido a la falta de información, detalles o errores. Es recomendable por lo tanto, tomar las precauciones necesarias a efecto de no estar en ese sesenta por ciento de cartas de crédito defectuosas y asegurarse de proporcionar la más completa información entre las partes y sus bancos.

·       Aproximado y otros términos inciertos, se deberán evitar también aquellos términos como casi, about, circa y otras incertidumbres.

·       Fechas y vigencia: Para cumplir a tiempo en una carta de crédito es necesario diferenciar varios conceptos estrechamente relacionados con el tiempo así: el vencimiento de la carta de crédito, ya que una vez vencido expira su vigencia y no hay obligación alguna de las partes excepto la contractual, “todo embarque hecho después del vencimiento, puede ser impugnado y no pagado”; la fecha de embarque es el límite de tiempo para embarcar la mercadería; el límite de tiempo del beneficiario para entregar los documentos al Banco Avisador o Negociador, la fecha límite para hacer la entrega de estos no puede excederse de más de veintiún días. 

Las expresiones referentes a las fechas no deben contener imprecisiones de ningún tipo y en caso de que estas se den, los bancos las tendrán por no estipuladas. Por lo tanto deberá evitarse el uso de palabras tales como primero, segunda mitad del mes, comienzos, mediados y finales.

·       Transporte, es necesario estar al corriente de la frecuencia de los medios de transporte para poder hacer disponible la mercancía en tiempo, también es necesario conocer claramente los términos y las obligaciones de los INCOTERMS.

·       Pago y Aceptaciones, ¿cual será la forma de pago en caso que sea a la vista? Deberán tomarse las precauciones y aclararse este posible problema; cuando el pago sea de aceptación con letras de cambio, deberán conocerse bien las restricciones de los plazos de estos documentos.

·       Domicilios completos, Ciudad, Estado, País, estos detalles no pueden tener errores, estos deben ser exactos ya que las rectificaciones en la carta de crédito cuestan dinero.    

·       Lugar de embarque y arribo, esta es otra cuestión importante ya que cualquier error puede causar la suspensión de la operación o encarecerla por necesidad de rectificaciones.

·       Descripción de la mercadería, la descripción de la mercadería constituye el elemento principal de carta de crédito, cualquier omisión, error, defecto u otro generalmente suspende el proceso de la operación a efecto de exigir aclaraciones.

 

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