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El Crédito Documentario
o
Carta de Crédito

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Tipos de Cartas de créditos o Créditos Documentarios

El Crédito Documentario o Carta de Crédito

Los Crédito genéricos

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El Crédito Documentario o Carta de Crédito

  • Cuestiones generales

Es un contrato formal por medio del cual un banco concede un crédito al cliente, (ordenante o acreditado) por un cierto plazo y hasta por una suma determinada. Por su intermediación el banco percibe a cambio una comisión obligándose a poner a disposición del ordenante u otro las cantidades estipuladas. La figura de la carta de crédito (CC) nace cuando el crédito abierto por el banco no es utilizado por el ordenante sino por un tercero quien se conoce como “el beneficiario” y destinatario del dinero.

El crédito documentario es una típica operación activa de los bancos y debe ser utilizada cuando el grado de confianza y experiencia entre comprador y el vendedor es mínima, es un medio de liquidación que garantiza el pago del precio.

Estructura del crédito documentario ordinario

El crédito documentario puede ser al descubierto, unilateral, de interés y/o con garantía, lo normal es que se acompañe su apertura con una garantía de carácter personal o real.

El contrato de crédito documentario se puede extinguir por varias razones tales como: por vencimiento del término de duración establecido en el contrato o por prorroga, por denuncia unilateral del banco acreditante, por muerte del cliente y por quiebra una o ambas partes.     

Los pagos realizados por el banco al beneficiario pueden ser, a la vista, cuando los documentos se pagan con dinero contante y sonante; también se conocen como crédito abierto y en la jerga bancaria como un crédito con movimiento de caja, o a plazo. Este se materializa por medio de letras giradas por el beneficiario/acreditado y aceptadas por el banco; se conocen como créditos de aceptación o de negociación.

Sea a la vista o a plazo la apertura de una carta de crédito siempre tiene una finalidad solutoria.

La obligación del banco nacida de una carta de crédito va dirigida fundamentalmente a la satisfacción de una obligación ajena, (pago de un precio), normalmente nacida de un contrato de compraventa internacional.

Las características o tipos de cartas de crédito pueden combinarse de manera tal que llenen los requisitos del vendedor y del comprador más exigente.


Director del Centro -- Lic. Guillermo Augusto Pérez Merayo, Universidad Complutense, Madrid, P.O.Box, 4328- 1000, San José, Costa Rica, Curriculum.

 

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